miércoles, 15 de febrero de 2023

Artículo 22 de la Constitución vigente, estrategia, Principio de Autodeterminación y sociedad civil.

Cada vez que se plantea la necesidad que la sociedad civil cumpla lo establecido en el Art. 22 de la Constitución, aparecen varios que contestan: “Si la izquierda no la cumple, ¿por qué tendría que hacerlo yo?!

Pues bien, si al Art. 22 lo analizamos en toda su extensión y contenido, ¿qué es lo que establece?; muy simple, nos indica que la sociedad civil es la depositaria de la responsabilidad de hacer valer el principio de autodeterminación.

En castellano simple, en la Constitución se establece que tipo de gobierno queremos darnos, con qué atribuciones, con cuáles limitaciones, y finalmente, nos asigna, a cada miembro del cuerpo civil, la responsabilidad de definir qué hacer con un gobierno que se sale de lo que nosotros, como comunidad, acordamos.  En definitiva, el Art. 22, nos asigna a nosotros, la sociedad civil, la tarea no endosable, de hacernos cargo de nuestro sistema social; y, finalmente, de protegerlo con dientes y muelas!!!

Partiendo de esa base, y siendo consecuente con lo anterior, desde los albores del estudio del Arte de la Estrategia, los grandes Maestros han coincido en la definición de 4 instrumentos de maniobra del Poder Nacional, a saber:

1.- La sociedad civil.
2.- La economía.
3.- La diplomacia.
4.- El sistema de defensa y seguridad.

En definitiva, los Maestros, han establecido esos 4 elementos, y en ese orden específico, ya que eso obedece a la siguiente lógica:

Sin una sociedad civil organizada, que mediante la cooperación mutua y su autodeterminación, respetando los respectivos espacios de libertad del resto, y que, finalmente, busca su bien común, no se puede cumplir ninguno de los otros elementos descritos.  Es decir,

- Sin una comunidad que intercambie libremente bienes y servicio entre sí, no habrá sistema económico posible.

- Sin una sociedad organizada que defienda su autodeterminación, no puede haber un sistema diplomático potente y con capacidad negociadora, y cuando corresponda, disuasiva, o derechamente agresiva.

- Finalmente, sin una ciudadanía que respete y defienda su soberanía, no habrá base de conscripción para el sistema de defensa y seguridad; y, por consiguiente, el principio de autodeterminación de esa sociedad no vale nada!!!

En este apartado me permito recordarles el viejo adagio prusiano que establecía que: “Las guerras no son ganadas por los Ejércitos, sino que son vencidas por la Nación toda”, en definitiva, esto tiene que ver con lo que Carl von Clausewitz definía como: “la Nación en armas”, haciendo expresa mención a que en la guerra total “nadie queda eximido” de cumplir los objetivos nacionales.  Es decir, un colegial debe ir a la escuela y aprovechar su tiempo para aprender; un artesano y un industrial, deben destinar parte de su capacidad productiva a construir elementos para la guerra; y el resto de la población debe estar disponible para proveer los reemplazos para la los soldados muertos y heridos.

Visto así, el factor preponderante para los Maestros de la estrategia es la sociedad civil organizada, decida y valiente.  Bajo esa premisa, en nuestra actual Constitución se establece el Art. 22, y cada uno de nosotros, hombres y mujeres, está llamado a cumplir su parte.

Por enésima vez, lea el Art. 22 de la Constitución, y rápidamente sabrá cuál es su misión, de acuerdo a su edad, capacidades, habilidades, destrezas, experiencias y conocimientos!!!


El Artículo 22º de la Constitución Política de la República de Chile, establece que:

"Todo habitante de la República debe respeto a Chile y a sus emblemas nacionales.
Los chilenos tienen el deber fundamental de honrar a la patria, de defender su soberanía y de contribuir a preservar la seguridad nacional y los valores esenciales de la tradición chilena.
El servicio militar y demás cargas personales que imponga la ley son obligatorios en los términos y formas que ésta determine.
Los chilenos en estado de cargar armas deberán hallarse inscritos en los Registros Militares, si no están legalmente exceptuados."

Atte.
Pablo Thauby.

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