martes, 27 de diciembre de 2022

Artículo 22 de la Constitución vigente, estrategia, Principio de Autodeterminación y sociedad civil.

Cada vez que se plantea la necesidad que la sociedad civil cumpla lo establecido en el Art. 22 de la Constitución, aparecen varios que contestan: “Si la izquierda no la cumple, ¿por qué tendría que hacerlo yo?!

Pues bien, si al Art. 22 lo analizamos en toda su extensión y contenido, ¿qué es lo que establece?; muy simple, nos indica que la sociedad civil es la depositaria de la responsabilidad de hacer valer el principio de autodeterminación.

En castellano simple, la Constitución nos delega a cada miembro de la sociedad civil la tarea, responsabilidad y obligación de establecer que tipo de gobierno queremos darnos, con qué atribuciones, con cuáles limitaciones, y finalmente, nos asigna, a cada miembro del cuerpo civil, la responsabilidad de definir qué hacer con un gobierno que se sale de lo que nosotros, como comunidad, acordamos.

En definitiva, el Art. 22, nos asigna a nosotros, la sociedad civil, la tarea no endosable, de hacernos cargo de nuestro sistema social; y, finalmente, de protegerlo con dientes y muelas!!!

Partiendo de esa base, y siendo consecuente con lo anterior, desde los albores del estudio del Arte de la Estrategia, los grandes Maestros han coincido en la definición de 4 instrumentos de maniobra del Poder Nacional, a saber:

1.- La sociedad civil.
2.- La economía.
3.- La diplomacia.
4.- El sistema de defensa y seguridad.

En definitiva, los Maestros, han establecido esos 4 elementos, y en ese orden específico, ya que eso obedece a la siguiente lógica:

Sin una sociedad civil organizada, que mediante la cooperación mutua y su autodeterminación, respetando los respectivos espacios de libertad del resto, y que, finalmente, busca su bien común, no se puede cumplir ninguno de los otros elementos descritos.  Es decir,

- Sin una comunidad que intercambie libremente bienes y servicio entre sí, no habrá sistema económico posible.

- Sin una sociedad organizada que defienda su autodeterminación, no puede haber un sistema diplomático potente y con capacidad negociadora, y cuando corresponda, disuasiva o derechamente agresiva.

- Finalmente, sin una ciudadanía que respete y defienda su soberanía, no habrá base de conscripción para el sistema de defensa y seguridad; y, por consiguiente, el principio de autodeterminación de esa sociedad no vale nada!!!

En este apartado me permito recordarles el viejo adagio prusiano que establecía que: “Las guerras no son ganadas por los Ejércitos, sino que son vencidas por la Nación toda”, en definitiva, tiene que ver con lo que Carl von Clausewitz definía como: “la Nación en armas”, haciendo expresa mención a que en la guerra total “nadie se exime” de cumplir los objetivos nacionales!!!

Visto así, el factor preponderante para los Maestros de la estrategia es la sociedad civil organizada, decida y valiente.  Bajo esa premisa, en nuestra actual Constitución se establece el Art. 22, y cada uno de nosotros, hombres y mujeres, está llamado a cumplir su parte.

Por enésima vez, lea el Art. 22 de la Constitución, y rápidamente sabrá cuál es su misión, de acuerdo a su edad, capacidades, habilidades, destrezas, experiencias y conocimientos!!!

Atte.
Pablo Thauby.

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